BASES Y CONDICIONES CAMPAÑA NAVIDAD 2013 – SORTEO TABLET
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Bases y Condiciones
Concurso - Navidad 2013
1.- El presente Concurso cuyo organizador es ESET Latinoamérica SRL (en adelante “ESET”), es válido desde el 02 de Diciembre de 2013 hasta el 02 de Enero de 2014, y tendrá validez territorial en: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, México, Paraguay, Perú y República Dominicana (en adelante el “CONCURSO”).
2.- La participación en el CONCURSO implica el total e irrestricto conocimiento y aceptación de las bases y condiciones aquí detalladas, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar ESET de acuerdo a lo previsto en las presentes Bases.
3.- Entre todos aquellos que adquieran una nueva licencia de nuestras soluciones hogareñas (ESET Smart Security, ESET NOD32 Antivirus, ESET Family Security Pack, ESET NOD32 Antivirus para Linux, ESET Cyber Security y ESET Cyber Security Pro) en nuestra tienda en línea oficial (http://www.eset-la.com/comprar/comprarnod32enlinea) o desde la tienda en línea publicada en nuestro perfil de Facebook (www.facebook.com/ESETLA) entre el 02 de Diciembre de 2013 y el 02 de Enero de 2014 estaremos sorteando una tablet Samsung Galaxy Tab 3, o un premio de valor equivalente. Las imágenes publicadas del premio son meramente ilustrativas. El sorteo no es acumulable con otras promociones.
4.- No podrán participar en el CONCURSO el personal de ESET, ni de ninguna de las sociedades y/o empresas vinculadas con éstas, y/o familiares directos de los mismos, como tampoco podrán participar los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. Los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de comienzo del CONCURSO tampoco podrán participar al igual que sus parientes hasta el grado antes mencionado.
5.- Si la compra se realiza a través de la tienda en línea publicada en nuestro perfil de Facebook (www.facebook.com/esetla) , será necesario que el usuario sea fan de ESET Latinoamérica en Facebook.
6.- El sorteo será realizado el día viernes 3 de Enero y el ganador será notificado por correo electrónico en la dirección que informó al momento de realizar la compra. Realizaremos también el anuncio en nuestro blog corporativo (http://blogs.eset-la.com/corporativo/) y redes sociales (Facebook y Twitter).
El ganador que no responda a la comunicación via correo electronico dentro de los treinta (30) días posteriores la publicación del ganador del CONCURSO, perderán el derecho a hacerlo, sin derecho a reclamo alguno. Los gastos de cualquier naturaleza (movilidad, traslados, etc.) que el ganador tuviere que efectuar para la aceptación y recepción del PREMIO correspondiente serán a su exclusivo cargo.
7.- Los ganadores no podrá exigir el cambio del PREMIO por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto de los indicados como premio, de modo que el premio no será negociable.
8.- ESET podrá, a su sólo criterio modificar la duración, plazos y fechas del CONCURSO dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo, en caso de corresponder, los procedimientos legales necesarios. ESET podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes bases y condiciones cuando se presenten situaciones no imputables a ESET, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. ESET será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas bases y condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
9.- ESET se reserva el derecho de cancelar, suspender o modificar este CONCURSO, por caso fortuito o fuerza mayor u otras circunstancia/s que a criterio de ESET así lo justifiquen. En ningún caso el ejercicio de tales derechos por parte de ESET dará derecho al participante a reclamo alguno.
10.- Toda relación que en virtud del CONCURSO se genere entre el participante y ESET será regida por la legislación de la República Argentina, renunciando el participante a cualquier otra ley que por cualquier motivo pudiere corresponderle. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el participante y ESET los Tribunales Nacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción.
11.- Por la presente declaro conocer el Reglamento del CONCURSO “Campaña Navidad 2013 – Sorteo Tablet”, organizado y auspiciado por ESET LATINOAMERICA SRL.-